La transmisión del negocio entre generaciones es uno de los momentos más complejos para las empresas familiares. A los aspectos personales y emocionales se suman los efectos fiscales de la transmisión patrimonial.

Las Cortes de Aragón han aprobado una Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, pendiente de publicación en el boletín oficial, que refuerza el respaldo institucional a estas compañías. La norma introduce mejoras fiscales relevantes en sucesiones y donaciones con el objetivo de facilitar el relevo generacional y garantizar la permanencia del tejido empresarial familiar en la Comunidad.

Durante la jornada “Empresa familiar: novedades en Aragón”, organizada por Ibercaja junto al despacho Garrigues y a la que asistió el presidente de la AEFA, Ramón Alejandro, y representantes de empresas asociadas, se dieron a conocer los detalles de la nueva norma que “proporciona un marco jurídico estable para asegurar que las empresas familiares sigan activas durante generaciones”, en palabras de Teresa Fernández Fortún, director de Banca de Empresa de Ibercaja.

Un marco legal más seguro y predecible

Uno de los principales avances de la norma es su apuesta por la seguridad jurídica. Se aclaran aspectos técnicos, se reduce la carga de prueba y se refuerza la conexión entre el derecho civil foral aragonés y la normativa fiscal, como explicó Juan Linares, director de la Asesoría Fiscal de Ibercaja.

Cambios en el tratamiento fiscal de las sucesiones

Víctor Salós, asociado senior del departamento de Derecho Tributario de Garrigues, y Rodrigo de Salazar, responsable de la Asesoría Fiscal de Negocio en Ibercaja, explicaron que una de las claves de la nueva ley es la extensión de la “regla de los diez años”. Hasta ahora, esta solo se aplicaba para acceder a los beneficios fiscales; ahora también se tendrá en cuenta para determinar su alcance.

  • Podrán aplicarse sobre activos financieros siempre que el valor contable no supere los beneficios acumulados en los últimos diez años procedentes de actividades económicas.
  • En el caso de tesorería ociosa, si es menor a los beneficios no distribuidos en ese mismo periodo de tiempo, podrá ampliarse el porcentaje de reducción.
  • Para instrumentos financieros como acciones o fondos de inversión, puede hacerse acopio si su valor no supera los beneficios no distribuidos del año del ejercicio y de los diez anteriores.

Más facilidades para las donaciones en vida

La norma también flexibiliza las condiciones para realizar donaciones en vida. Se reduce la edad mínima del donante de 65 a 60 años y ya no se exige que abandone sus funciones directivas ni que renuncie a su salario, siempre que otro miembro de la familia asuma la gestión y cobre por ello. Además, se amplía el concepto de grupo familiar y los beneficiarios posibles, lo que facilita la planificación anticipada de la sucesión.

Integración del derecho civil foral aragonés

Un aspecto destacable de la ley es su armonización con instituciones propias del derecho aragonés como los pactos sucesorios o la fiducia. En el caso de los pactos sucesorios “de presente”, los beneficios fiscales ahora se pueden aplicar a todos los casos, no solo a las empresas familiares. En cuanto a la fiducia, los beneficios fiscales se vinculan al momento real de la transmisión, no al fallecimiento, lo que aporta claridad y coherencia jurídica.

Planificar hoy para asegurar el mañana

La jornada concluyó con la intervención de José Antonio Montón, socio del Departamento de Derecho Tributario de Garrigues, quien recomendó estudiar la posibilidad de adelantar la transmisión del negocio, aprovechando los incentivos fiscales de la nueva norma. También sugirió revisar estructuras patrimoniales y políticas de liquidez para optimizar el impacto de las nuevas medidas, sin perder de vista posibles costes fiscales asociados.